Ir al contenido principal

CSJ Vamos a prórroga

 


RESEÑA DEL VOTO DE CARLOS F. ROSENKRANTZ


El juez Rosenkrantz admitió el recurso extraordinario por salto de instancia presentado por los tres jueces y decidió imprimirle trámite. Su argumento fue que el planteo era admisible porque, de asistir razón a los recurrentes, no se trataría únicamente de traslados irregulares sino de un intento por revisar retroactivamente el mecanismo de designación de un número importante de jueces de la Nación (no sólo de los tres que hicieron la presentación), designación en virtud del cual desempeñaron sus funciones por largo tiempo. Todo ello pondría en juego la garantía de inamovilidad prevista en el art. 110 de la Constitución Nacional. 

En ese sentido, Rosenkrantz remarcó: “La cuestión a decidir no se reduce únicamente a si un determinado traslado de jueces resulta constitucionalmente válido o no. Si así fuera, sería muy dudoso que se justificase la intervención de esta Corte saltando las instancias normales de decisión. Por el contrario, y más fundamentalmente, esta causa también versa acerca de la validez constitucional de la revisión retroactiva de un mecanismo por el cual un importante número de jueces, quienes cuentan con acuerdo del Senado, han sido designados en diversos tribunales del Poder Judicial de la Nación y en los cuales han venido desempeñando sus funciones durante diversos períodos de tiempo, en algunos casos muy prolongados. Por ello, es una causa en la que podría estar en juego la inamovilidad de los jueces nacionales, es decir, el derecho a permanecer en sus empleos mientras dure su buena conducta (art. 110 de la Constitución). No debe perderse de vista que, además de los magistrados actores en esta causa, múltiples jueces han quedado sujetos, actual o potencialmente, a un procedimiento especial para revisar ex post facto sus traslados. Tres de ellos, los aquí actores y el recurrente en la causa CAF 11503/2020/1/RS1, “Castelli, Germán Andrés c/E.N. -Consejo de la Magistratura de la Nación s/amparo ley 16.986”, han sido desplazados de los tribunales a los cuales habían sido trasladados y en los que se venían desempeñando desde entonces. De asistirles razón a los recurrentes, esta situación podría constituir una grave afectación de la inamovilidad de todos los jueces que se encuentran en similares condiciones, lo que muestra el impacto sistémico de la decisión a la que en definitiva se arribe”.


En virtud de ello, Rosenkrantz sostuvo que el caso revestía una gravedad institucional a la que calificó de “inusitada”:

Es inocultable entonces que el caso reviste de una gravedad institucional inusitada, pues en su decisión se encuentra comprometida una institución básica del sistema republicano, cual es, la independencia del Poder Judicial que el artículo 110 de la Constitución Nacional busca asegurar no sólo en favor de los magistrados sino, fundamentalmente, en beneficio de la totalidad de los habitantes de la Nación (doctrina de Fallos 325:3514; 330:2361; entre otros).

Por lo dicho, la decisión del caso excede notoriamente el interés de las partes y se proyecta no solamente sobre el interés de todo el universo de jueces que han sido trasladados hasta la fecha, sino sobre el interés general en preservar el sistema republicano de gobierno, de acuerdo con la definición establecida en el artículo 257 bis, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación”.

En ese marco, el juez Rosenkrantz concluyó que el único remedio eficaz frente a esta situación era el per saltum, destacando que el objetivo era evitar enfrentarse a un hecho consumado que impidiese restablecer la plena vigencia de la Constitución:

“En virtud de las consideraciones anteriores, resulta indudable que la intervención inmediata de esta Corte es el único remedio eficaz para evitar tanto el daño individual sobre los derechos de los actores como, principalmente, el daño a las instituciones de la República. Si, como se denuncia, estuviéramos en presencia de acciones de poderes públicos llevadas a cabo en contra de la Constitución, su prolongación en el tiempo causará una lesión en los derechos individuales de los jueces afectados cuya completa reparación futura, de no intervenirse prontamente, resulta -por lo menos- incierta. En lo que respecta al interés general, basta decir que el daño a las instituciones básicas de la República resulta siempre irreparable. Esos daños tienen un efecto perdurable, al poner en cuestión cuál es el modo en que los argentinos, por obra de nuestros constituyentes y las generaciones que los han continuado, hemos decidido gobernarnos. Por lo demás, corresponde otorgar plena eficacia uno de los principales fines del recurso por salto de instancia, a saber: evitar que esta Corte se enfrente a un hecho consumado que debilite o anule su poder para restablecer la plena vigencia de la Constitución”.

 

ÚLTIMA NOTICIA







Comentarios

Entradas populares de este blog

El genocidio expuesto

Que es la ciencia si no observar, investigar, experimentar, contrastar, debatir.  Quienes hacen eso, son científicos.  Algo que no  han sido estos últimos cinco años muchos de los autoproclamados y designados por los medios como científicos. Convertidos sólo en repetidores de las órdenes de organismos supra estatales o colegios médicos que responden a intereses  económicos y/o políticos. Sin cuestionar absolutamente nada. Siete horas treinta minutos duró la exposición titulada “ ¿Qué tienen las vacunas COVID ?”  Demasiado tiempo para los ciudadanos y periodistas repetidores.  Demasiado resumido para los que tienen ganas de conocimiento, una síntesis de síntesis para resumir estos últimos cinco años de luchas, difusión y aguantar persecuciones al mejor estilo nazi. Poco tiempo para exponer cientos de estudios del último siglo. Aún así todos los temas han quedado sobre la mesa, e innumerables ramas se bifurcan para  investigar, han quedado nombradas y su...

La confusión es total

  La confusión es total        Hoy el mundo parece producto de una gran batidora, un lugar donde algo es blanco y negro simultáneamente, es bueno y malo a la vez.  Los individuos no saben en qué creer, o mejor dicho, todo está siendo puesto en duda.      El choque entre la realidad y lo que han aprendido genera una gran confusión, la gente anda perdida sin entender que pasa.   Algunos piensan que Rusia aún representa el comunismo y otros que es la oposición al avance de la ideologías corporativistas y la defensa de las tradiciones. Como es posible que convivan las dos opiniones ?   La mitad de la población piensa que Israel es víctima y la otra mitad lo ve como verdugos.  Los católicos se dividen entre los que creen que el reciente fallecido papa es el representante de Dios en la tierra, en cambio, otra gran parte cree que fue un impostor que desplazó al verdadero papa con fines no Cristianos.      La p...

Tumba del NOM - Argentina

  Dinero digital Toda la #Agenda2030 te empuja al dinero digital y los jóvenes casi no llevan efectivo en el bolsillo. Durante años querías pagar en una gasolinera con un billete de 100 €, un importe de 60 €, y no te aceptaban el billete… Ni hablemos con uno de 500 €. Todo te conduce al dinero digital, pero estás en Rosario, en la ciudad argentina con más criminalidad del mundo, vas a las 23 hs a una gasolinera , y te dicen: “Si no tiene dinero en efectivo no le puedo cargar gasolina“ . Entonces piensas: “No le debe funcionar la red o el terminal para la tarjeta, no se van a arriesgar a manejar tanto efectivo con tantos robos…”Pero cuando terminas de pagar el empleado te dice:   - ¿Quiere retirar dinero en efectivo? -¿What? - Puede retirar hasta 30.000 pesos en efectivo con su tarjeta Es el momento en que uno piensa: “Aquí la #Agenda no puede prosperar, el caos es la salvación de este país, nuestros defectos son la principal arma contra este plan diseñado para ...